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8 de febrero de 2023
Claves de la nueva ley de startups

La nueva ley de «startups»: principales requisitos, beneficios y oportunidades para las empresas calificadas como startups.

El pasado 22 de diciembre de 2022, entró en vigor la Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas emergentes, más conocida como la Ley de las «Startups».

 

¿Qué es una «startup» o empresa emergente?

En primer lugar, debemos aclarar que 7 requisitos debe reunir una empresa para tener la condición de “Startup”, y estos son:

 

  1. Ser una empresa de nueva creación o en su defecto no tener más de cinco años de antigüedad, o siete para el caso de empresas pertenecientes al sector de biotecnología, energético, industrial u otros sectores estratégicos.
  2. No haber surgido o nacido como consecuencia de una operación de fusión, escisión o transformación entre empresas.
  3. No repartir ni haber repartido desde su creación dividendos entre socios.
  4. No cotizar en mercados regulados.
  5. Tener sede social en España.
  6. Al menos el 60% de la plantilla debe tener contrato laboral en España.
  7. Tener carácter innovador, es decir, tener como objeto un proyecto de emprendimiento innovador con modelo de negocio escalable.
Si se reúnen todos los requisitos se ha de solicitar la calificación como “Startup” ante la Empresa Nacional de Innovación (Enisa). Se presenta la solicitud y el silencio administrativo transcurridos tres meses tendrá carácter positivo, es decir, de reconocimiento de la condición de empresa emergente (startup).

¿Cuáles son las principales ventajas para las empresas calificadas como «startup» recogidas en la nueva ley?

Como hemos indicado la ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes ha entrado en vigor en los últimos días de 2022, y viene a establecer una serie de privilegios o reglas más beneficiosas para este tipo de empresas y que de forma resumida podríamos enumerar como:
a) Se reduce el tipo impositivo en el Impuesto sobre Sociedades al 15%, lo que supone un ahorro fiscal de 10% respecto de tipo general.
b) Se permite la posibilidad de aplazar la deuda tributaria generada por rendimientos positivos, en los dos primeros ejercicios de vida de la empresa, en doce y seis meses respectivamente.
c) Se eleva la base máxima de deducción por inversión a 100.000 euros por año. Esto supone una mejora en la deducción en IRPF por la suscripción de acciones o participaciones de startups. El nuevo marco normativo introduce modificaciones en la deducción del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la suscripción de acciones o participaciones de empresas con dos mejoras fundamentales:
1. El régimen no solo se aplica a inversores privados, sino también a los socios fundadores de una empresa emergente. Se incrementa de 60.000 a 100.000 euros la cantidad máxima anual de deducción.
2. El porcentaje de deducción se eleva del 30% actual al 50%.
d) Se establece una exención fiscal por “stock options” (opciones sobre acciones) de hasta 50.000 euros por año, con la finalidad de atraer y retener el talento. Es decir, el trabajador de una empresa emergente puede recibir hasta 50.000 euros anuales en acciones o participaciones sin tener que tributar hasta que tome la decisión de venderlas (hasta un periodo máximo de diez años de su entrega) o en el caso de una salida a bolsa de la sociedad.
e) Para las “Carried Interest” (retribuciones obtenidas por la gestión de entidades de capital riesgo vinculadas al emprendimiento) se establece que el 50% de los rendimientos obtenidos por la participación directa o indirecta en acciones o derechos y comisiones de éxito, tributarán como Rendimientos del Trabajo a efectos
de IRPF.
f) Reducción de Aranceles registrales y por publicaciones en BORME.

El Departamento de Consultoría y Asesoría Jurídica de Empresas en el despacho Aguilera Castilla Asociados

En el despacho Aguilera Castilla, comprometidos con el servicio de calidad a sus clientes, ha incorporado al profesional Adrián Cuesta Cervilla como responsable del Departamento de Consultoría y Asesoría Jurídica de Empresas. Adrián, abogado en ejercicio desde hace 29 años con notables éxitos, ha desempeñado cargos directivos en diferentes empresas constructoras de Granada y Málaga (2002-2009) y ha sido gerente en Agaz Abogados y Consultores, compaginando su actividad con una intensa labor docente.
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